En artículos anteriores habíamos mencionado que se preveía la aprobación por parte del Parlamento Europeo del hito histórico de la Ley de Inteligencia Artificial y, así ha sucedido.
El pasado miércoles 13 de Marzo de 2024, la Eurocámara aprobó la normativa que regulará diversos aspectos de la Inteligencia Artificial, siendo respaldado con 523 votos a favor, 46 en contra y 49 abstenciones.
El objetivo de la citada Ley es proteger los Derechos Fundamentales, además de impulsar al mismo tiempo la innovación y convirtiendo a la Unión Europea en líder y vanguardia en este sector.
En este sentido, dispone el Reglamento una serie de aplicaciones prohibidas, como son las aplicaciones que mediante el uso de la Inteligencia Artificial atentan contra los Derechos de los ciudadanos, destacando sistemas biométricos o las imágenes y grabaciones para crear bases de datos de reconocimiento facial.
Adicionalmente, se prohíbe el reconocimiento de emociones en los puestos laborales o entornos educativos, entre otros.
Ahora bien, en el caso de los sistemas de identificación biométrica, a priori estarán también prohibidos por las fuerzas de seguridad, si bien, existen excepciones.
Para el caso en que el riesgo sea alto, además de las obligaciones habituales, las empresas deben cumplir una serie de requisitos adicionales, además de contar con sistemas que evalúen y reduzcan los riesgos, siendo transparentes y precisos a la hora de facilitar datos.
Esta transparencia, es uno de los principios básicos en el uso de la Inteligencia Artificial, debiendo respetar los Derechos de Autor y publicar resúmenes detallados del contenido utilizado.
Contra estas mercantiles que no cumplan con los requisitos, se podrán presentar reclamaciones. Y, a nivel ejemplificativo: Influencia en las elecciones. Si no fuesen cumplidos los condicionantes tasados por el Reglamento, la propia normativa prevé multas por incumplimiento que pueden llegar a la cuantía de los treinta y cinco millones de euros.
En cuanto a las PYMES y Empresas Emergentes, los Estados que suscriban la Ley de Inteligencia Artificial deben facilitar medidas de apoyo a la innovación para que puedan incorporar la IA.
Por su parte, ChatGPT de OpenAI o Bard de Google, también ha sido objeto de discusión, como inteligencia artificial generativa, reiterando la obligatoriedad de esta tipología de aplicaciones de cumplir con el principio de transparencia y, con los Derechos de Autor correspondientes, valga la redundancia, a sus autores.
A pesar de que la normativa ha sido aprobada, el Reglamento está sujeto a una comprobación jurídica-lingüística y, una aprobación definitiva mediante el procedimiento de corrección de errores para que posteriormente sea adoptada formalmente por el Congreso.
A mayor abundamiento, debe ser publicación en el Diario Oficial, entrando en vigor a los veinte días y, siendo de plena aplicación a los veinticuatro meses después de su entrada en vigor, con excepciones:
- Prohibiciones: 6 meses después.
- Códigos de buenas prácticas: 9 meses después.
- Uso general y gobernanza: 12 meses después.
- Obligaciones en sistemas de muy alto riesgo: 36 meses después.
A pesar de lo anterior, se prevé que entre en vigor en su totalidad a mediados del 2026.