La Inteligencia Artificial se está implementando en distintos sectores, lo que ha propiciado la aparición de retos relacionados con su utilización.
En este sentido, la evolución de la tecnología, a pasos agigantados, ha hecho que se implemente la Inteligencia Artificial en el ámbito de los recursos humanos, planteando problemas jurídicos como los límites y requisitos de herramientas y la posible vulneración de los derechos de los trabajadores.
A tal respecto, han aparecido multitud de herramientas que utilizan algoritmos y que facilitan la gestión de las relaciones laborales entre empresarios y trabajadores. Incluso, se han desarrollado aplicaciones diversas que filtran de manera automática los CVs o que valoran las pruebas desarrolladas por los candidatos durante todo el proceso de selección.
Esto permite que las empresas obtengan una mejora en el rendimiento, buscando así la máxima eficiencia de los empleados en su jornada laboral y, mitigando los posibles riesgos que puedan existir.
Ahora bien, la utilización de estas herramientas basadas en la Inteligencia Artificial debe cumplir con la normativa vigente en lo relativo a protección de datos, así como de otra índole.
El precepto 22 del Reglamento General de Protección de Datos (en adelante, “RGPD”) dispone que toda persona tiene derecho a no ser tratado como objeto de decisión siempre que la misma se base en datos tratados de manera automática. Es por esta razón que las aplicaciones en Inteligencia Artificial complementan la labor de los equipos de Recursos Humanos, si bien, no los sustituyen en su integridad.
O el artículo 13.2 f) de la citada normativa, el cual obliga a las entidades mercantiles a informar a sus empleados de la utilización de herramientas que se basan en Inteligencia Artificial.
En el caso del Estatuto de los Trabajadores, es el artículo 64.4. d) el cual mantiene una línea similar a lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos. Para cumplir por parte de las empresas con todos estos requisitos legales, el Ministerio de Trabajo y Economía Social a mediados de 2022 desarrolló una Guía práctica y herramienta sobre la obligación empresarial de información sobre el uso de algoritmos en el ámbito laboral.
Estas normativas nacionales vienen a su vez amparadas por la Directiva (UE) 2019/1152 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de Junio de 2019, normativa que establece, entre otras, la obligación por parte de la empresa de informar por escrito a los empleados sobre las condiciones de contrato.
En última instancia, muy recientemente, el Consejo de la Unión Europea acordó el texto sobre la futura Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la mejora de las condiciones laborales en el trabajo de plataformas digitales, considerado, así, el primer acto legislativo de la Unión Europea que pretende regular la gestión algorítmica en el ámbito laboral.
En conclusión, los departamentos de recursos humanos deben cumplir con todos los condicionantes de la implementación de la Inteligencia Artificial en sus labores sin vulnerar los Derechos Fundamentales de los empleados y, respetando adicionalmente, la protección de datos.